El pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) confirmó la elección de diputado en el Distrito Electoral 10 y resolvió este lunes una queja del Procedimiento Especial Sancionador.
En sesión pública, el pleno resolvió el Juicio de Nulidad JUN/002/2019, que presentó el partido político Morena en contra del Consejo Distrital 10 del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) y el cómputo realizado respecto a la elección de diputado por el principio de Mayoría Relativa, la declaración de validez de dicha elección y la expedición de la constancia de mayoría que se otorgó a la fórmula de candidatos de la coalición “Orden y desarrollo por Quintana Roo”, integrada por los partidos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Encuentro Social Quintana Roo.
Las magistradas y el magistrado del pleno por unanimidad de votos determinaron confirmar la elección en el citado distrito, ya que de los agravios presentados, únicamente procedió la anulación de una casilla, que en la sustancia no modificó el resultado de la elección.
El otro asunto atendido fue el Procedimiento Especial Sancionador PES/063/2019, que interpuso el partido político Morena en contra de Rubén Aguilar Gómez, en su calidad de secretario general del Sindicato de Choferes de Automóviles de Alquiler y Similares del Caribe “Lázaro Cárdenas del Río”, Roxana Lili Campos Miranda, otrora candidata a diputada local por el Distrito 10 y la coalición “Orden y desarrollo por Quintana Roo” por el evento realizado en dicho sindicato con la entonces candidata a diputada.
En cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional Xalapa en el expediente SX-JE-129/19, el pleno de este Tribunal, por unanimidad de votos, declaró la inexistencia atribuida a los demandados, toda vez que no fue posible acreditar las supuestas violaciones para encontrarse en posibilidad jurídica de imponer sanción alguna.
Con la resolución del Juicio de Nulidad JUN/002/2019, en Quintana Roo queda firme la elección de diputados de Mayoría Relativa.